Uruguay-Dinamarca

Relaciones diplomáticas y consulares entre la República y el Reino de Dinamarca

 

– Por Decreto del Poder Ejecutivo [Fructuoso Rivera (Encargado interino del Poder Ejecutivo) y Santiago Vázquez (Ministro de Relaciones Exteriores) – Gobierno de la Defensa-] de noviembre de 1838, se designó a José Feliciano Castilho Barreto en calidad de Cónsul General de la República en el Reino de Dinamarca (Es el primer Agente Consular de la República acreditado en Dinamarca).

MRREE / AHD / Sub Fondo Cancillería, Sección Libros de Administración: Libro 2, folio 87v.

– El 28 de febrero de 1842, se celebró en París el “Tratado de Amistad, Comercio y Navegación” entre la República y el Reino de Dinamarca. Fueron signatarios: por la República José Ellauri, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario “…cerca de varias Cortes Europeas…” (entre ellas Francia) y por Dinamarca, José Alberto Federico Cristoval (sic) de Kojs, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario cerca de Su Majestad el Rey de los Franceses. Fue sancionado por Ley Nº 236 de fecha 23 de julio de 1842 (En el original de la Ley, existente en los Archivos Administrativos –hoy integrantes del Archivo General de la Nación- no aparece el Decreto de Promulgación). No se realizó intercambio de Instrumentos de Ratificación (Por medio de este tratado se iniciaron las relaciones diplomáticas bilaterales).

MRREE / AHD / “Colección de Tratados y Convenios Internacionales suscritos por Uruguay 1830 – 1870”, Secretaría del Senado, Montevideo, 1993, págs. 89 – 92 y Compilación de Leyes y Decretos 1825 – 1930, Tomo II (1835 – 1843), Montevideo, 1930, pág. 345.

– Por Decreto del Poder Ejecutivo [Joaquín Suárez (Presidente del Senado en ejercicio del Poder Ejecutivo) y Manuel Herrera y Obes (Ministro de Relaciones Exteriores)] de fecha 13 de setiembre de 1850, se reconoció a Carlos Beherens en el carácter de Encargado interino del Consulado de Dinamarca en la República (Es el primer Agente Consular de Dinamarca acreditado en la República).
MRREE / AHD / Sub Fondo Cancillería, Libros de Administración: Libro 2, folio 176.

– Por Decreto del Poder Ejecutivo [José Batlle y Ordóñez (Presidente de la República) y José Romeu (Ministro de Relaciones Exteriores)] de fecha 11 de octubre de 1912, por el que se designó a Federico R. Vidiella, en el carácter de Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la República en el Reino de Dinamarca, concurrente desde el Reino Unido (Es el primer Agente Diplomático de la República en Dinamarca).

MRREE / AHD / Sub Fondo Cancillería, Libros de Administración: Libro 17, folio 221.

– Con fecha 6 de diciembre de 1923, el señor Otto Wadsted, presentó al Presidente de la República José Serrato, las Cartas Credenciales que lo acreditaban en calidad de Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario del Reino de Dinamarca e Islandia en la República (Primer Agente Diplomático de Dinamarca acreditado en la República).

MRREE / AHD / Lista del Cuerpo Diplomático reconocido en la República Oriental del Uruguay, Octubre de 1925, pág. 7.

– Por Decreto del Poder Ejecutivo [Luis Giannattasio (Presidente del Consejo Nacional de Gobierno), Diego Terra Carve (Encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores) y Luis M. de Posadas Montero (Secretario del Consejo Nacional de Gobierno)] de fecha 5 de noviembre de 1964, se autorizó al Ministerio de Relaciones Exteriores a proceder “… dentro de los usos y prácticas diplomáticas, especialmente en cuanto al mutuo acuerdo, la reciprocidad y la simultaneidad a elevar a rango de Embajadas las representaciones diplomáticas en Austria, Australia, Checoeslovaquia, Dinamarca, Finlandia, Grecia, Hungría, India, Líbano, Rumania, Turquía, U.R.S.S. y Yugoeslavia; Art. 2º Que con el criterio que se aplica en el artículo primero el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a regularizar la situación de las representaciones en Bulgaria, Noruega, Nueva Zelandia y Polonia;…” (sic).

MRREE / AHD “Registro Nacional de Leyes y Decretos de la República Oriental del Uruguay”, Año 1964, Montevideo, Curbelo y Cía., 1965, págs. 1239 y 1240.