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PROCEDIMIENTO PARA EL INGRESO
DE CENIZAS A URUGUAY

Para ingresar una urna con cenizas al Uruguay, es necesario contar con los siguientes documentos:

  1. Carta de la empresa funeraria solicitando el transporte de la urna a Uruguay.
  2. Certificado de Defunción.
  3. Certificado de Cremación.
  4. Certificado de Autorización para el transporte de cenizas.
  5. Certificado de flete para urna, expedido por la compañía funeraria, certificando que las cenizas se han colocado dentro de la urna y que la misma ha sido sellada herméticamente.
  6. Certificado de enfermedades no infecciosas.

Los documentos número 2, 3, 5 y 6 deben ser legalizados para que tengan validez en Uruguay. La legalización consiste en estampar los documentos con el sello de la Apostilla de la Haya, ante la autoridad competente del estampado, en el país emisor de los mismos.
Luego de haber sido apostillados, los documentos deberán ser traducidos al español para poder ser utilizados en Uruguay. La traducción se hace en Uruguay con un traductor público (otras traducciones no son válidas). Para facilitar la traducción, de ser posible se recomienda obtener los documentos en inglés. Recuerde que tanto el documento en sí, como el sello de la Apostilla, tienen que ser traducidos al español.
El documento número 4 se expide en el Consulado, sin costo.
De tratarse de enfermedades infecciosas, no es posible ingresar las cenizas al Uruguay, hasta haber pasado 10 años después de la fecha de fallecimiento.

Se aclara que el procedimiento descrito es respecto al ingreso de cenizas a Uruguay. El interesado deberá averiguar los requerimientos para poder retirar las cenizas del país donde falleció la persona, así como los impuestos fijados por las aerolíneas.