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PODERES NOTARIALES

Si usted necesita apoderar a una persona que se encuentra en Uruguay, existen dos alternativas válidas para firmar un poder desde el exterior.

La primera alternativa consiste en firmar un poder ante un Notario Público y luego legalizarlo. El formato del poder se obtiene a través de un Escribano Público uruguayo, quien conoce lo que debe decir el poder para que tenga validez en Uruguay.

Se puede también redactar su propia carta poder o consultar en la Institución donde será utilizado el poder, sobre el formato necesario a tales efectos.

El poder debe ser firmado ante un Notario Público, quien da fe que la firma de la persona es auténtica. Para eso, el firmante deberá presentar un documento de identidad válido. El Notario Público no revisa el contenido del documento, por lo que no existen inconvenientes en que el poder esté redactado en español.

Una vez que el poder haya sido firmado, se debe proceder a la legalización del mismo, para que tenga validez en Uruguay. La legalización consiste en estampar el documento con el sello de la Apostilla de la Haya, ante la autoridad competente del estampado en el país donde el documento fue firmado. Una vez que el documento haya sido enviado a Uruguay, debe ser protocolizado por un Escribano Público uruguayo.

La segunda alternativa es firmar un poder en el Consulado en Estocolmo. Cuando el interesado se presenta en la oficina Consular para solicitar la expedición de un Poder, el Cónsul deberá interiorizarse con el solicitante sobre cual es el alcance de los actos que quiere mandatar, para que de esta manera se pueda identificar con claridad que tipo de Poder va a otorgarse, ya sea este un Poder General o un Poder Especial.

Para mayor seguridad del interesado, éste deberá realizarse en coordinación con su abogado/escribano en Uruguay remitiendo el modelo de poder a firmar en formato word a urusuecia@mrree.gub.uy

Una vez recibido se coordinará con anticipación una cita en el Consulado para proceder a la firma del documento.

 Por último, debe realizarse certificación de firma de la Consúl en el Ministerio de Relaciones Exteriores y protocolarizar por escribano público en Uruguay al igual que en la modalidad anterior. 

Previo a la confirmación de su cita, deberá efectuar el pago correspondiente a su trámite. Se debe realizar el pago previamente al día de la cita en el Consulado y a través de transferencia bancaria a la cuenta del Consulado.

 

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