SERVICIOS CONSULARES
QUÉ PUEDE Y NO PUEDE HACER UN CONSULADO POR USTED?
REGISTRO CONSULAR
Pasaportes
PERMISOS DE MENOR
CERTIFICADO DE EXISTENCIA
RETORNO A URUGUAY
PODERES NOTARIALES
REGISTRO DE URUGUAYOS NACIDOS EN EL EXTERIOR
INSCRIPCIÓN DE CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN
TRASLADO DE RESTOS A URUGUAY
INGRESO DE ANIMALES A URUGUAY
VISAS
APOSTILLA
CONSTANCIA DE ANTECEDENTES JUDICIALES Y REQUISITORIA
CONSULADOS DE LA JURISDICCION
DERECHOS CONSULARES, PRECIOS
PROCEDIMIENTO PARA APOSTILLAR
UN DOCUMENTO EXTRANJERO
Cualquier documento emitido en el extranjero, debe estar legalizado para ser válido en el Uruguay. Desde el 12 de octubre de 2012, en Suecia, Noruega y Dinamarca, la legalización se realiza con el estampado de la Apostilla de la Haya sobre el documento.
La autoridad competente del estampado, depende del país emisor del documento:
Suecia: Notario Público
Dinamarca: Ministerio de Relaciones Exteriores
Noruega: Ministerio de Relaciones Exteriores
The County Governors (Fylkesmannen)
Luego de haber sido apostillado, el documento deberá ser traducido al español para poder ser utilizado en Uruguay. La traducción se realiza en Uruguay, con un Traductor Público perteneciente al Colegio de Traductores (otras traducciones no son válidas). Para facilitar la traducción, de ser posible, se recomienda obtener el documento en inglés. Recuerde que tanto el documento como el sello de la Apostilla tienen que ser traducidos al español.
La persona interesada, es quien se encarga de efectuar la legalización y la traducción del documento, así como del traslado del mismo al Uruguay.